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DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS (1948), Artículo 25: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios... La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
miércoles, 19 de diciembre de 2012
CARTA A LOS PADRES
Ante el cambio en la metodología que va a suponer este proyecto he decidio redactar y enviar una carta a los padres de mis alumnos para explicarles un poco cómo van a ser las cosas, y así, de paso pedirles su colaboración en todo aquello que crea necesario y/o se ofrezcan ellos.
Podéis ver la carta aquí.
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